El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha sacado a audiencia e información pública el proyecto de orden por el que se modifica la orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías fotovoltaica y eólica situadas en territorios no peninsulares cofinanciadas con fondos comunitarios FEDER. El plazo de presentación de alegaciones permanecerá abierto hasta el 16 de septiembre.
En las Islas Baleares, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) aprobó dos convocatorias de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología solar fotovoltaica, denominadas Solbal I y Solbal II. Por su parte, en las Islas Canarias, el IDAE aprobó una convocatoria de ayudas a instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología solar fotovoltaica y dos convocatorias de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología eólica, denominadas Solcan, Eolcan I y Eolcan II.
Finalizado el plazo para la ejecución de las actuaciones que resultaron subvencionadas, y tras iniciarse la tramitación de su justificación, se ha advertido que la aplicación de lo dispuesto por el apartado 5 del artículo 32 de las bases reguladoras difiere el pago de las ayudas al momento de la certificación definitiva.
Abono de las subvenciones adjudicadas
Este procedimiento de audiencia e información pública se lleva a cabo ante la necesidad de modificación del citado apartado de las bases reguladoras aprobadas por la orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, al objeto de establecer el pago de la ayuda cuando la instalación se encuentre totalmente finalizada en plazo y emitida la certificación provisional, posibilitando con ello la aceptación por la autoridad de gestión de las correspondientes solicitudes de pago de la cofinanciación FEDER.
Así, se asegura y garantiza el derecho de los beneficiarios a recibir el pago de la subvención, tras comprobar el cumplimiento de los requisitos para su abono, sin demoras ni retrasos injustificados, facilitando con ello los trámites necesarios para abonar dicho pago.
Las alegaciones podrán remitirse al correo electrónico bzn-renovables-01@miteco.es, añadiendo el asunto ‘Modificación orden TEC/1380/2018’, nombre y apellidos o denominación o razón social del participante, organización o asociación (si corresponde) y el contacto. El plazo permanecerá abierto hasta el lunes 16 de septiembre.