El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) abre a audiencia pública el proyecto de orden por el que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, entre ellos la energía agrovoltaica y solar flotante, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables, junto con el proyecto de resolución de su primera convocatoria.
Entre los proyectos suseptibles de ser beneficiados se encuentra la energía agrovoltaica, así como las instalaciones fotovoltaicas flotantes, por su mayor coste de estructura, y las instalaciones fotovoltaicas y eólicas en infraestructuras, como en espacios muy antropizados, vertederos clausurados o rehabilitación de espacios mineros. Asimismo, se consideran proyectos innovadores el autoconsumo colectivo con participación de consumidores vulnerables.
Por último, también se consideran proyectos innovadores la implantación de instalaciones de bomba de calor renovable, que permitirá avanzar en la electrificación de los procesos térmicos con fuentes renovables, reduciendo la utilización de combustibles fósiles y la importación y dependencia de terceros países.
Incentivos a la agrovoltaica, solar flotante y renovables
La primera convocatoria de ayudas está dotada con 220 millones para proyectos enfocados a impulsar sistemas innovadores de energías renovables en cinco líneas de actuación. En primer lugar, el programa de incentivos 1, dirigidos a proyectos innovadores de instalaciones agrovoltaicas con almacenamiento que, a su vez, recoge tres subprogramas: agrovoltaica intercalada con el cultivo, agrovoltaica con estructura sobre el cultivo 2 m ≤ h ≤ 4 m, y agrovoltaica con estructura sobre el cultivo h ≥ 4 m.
El programa de incentivos 2 se dirige a proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento. Por su parte, el programa de incentivos 3 se refiere a proyectos innovadores de integración de renovables, con almacenamiento, en infraestructuras, mientras que el programa de incentivos 4 se dirige a proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento con participación de consumidores vulnerables. Por último, el programa de incentivos 5 está indicado para proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.
Primera convocatoria para energías renovables innovadoras
El apoyo económico, enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para la ejecución de los fondos Next Generation EU, se especificará en cada convocatoria y se dirigirá a impulsar este tipo de proyectos en territorio español, incrementando la capacidad de potencia renovable y almacenamiento. La vigencia de las bases reguladoras se extenderá desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025.
El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) se encargará de gestionar estas ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y se instrumentarán como una subvención a percibir por el beneficiario, con carácter definitivo, una vez se verifique la ejecución del proyecto.
En la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta criterios económicos, así como el grado de madurez de la propuesta y externalidades positivas de los proyectos. Solo se admitirán proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la solicitud de la ayuda y tendrán que respetar el principio de no causar un daño significativo al medioambiente que rige el PRTR.
Los comentarios sobre la audiencia e información pública de los proyectos de orden ministerial y proyecto de resolución para la primera convocatoria deben remitirse hasta el 21 de junio al correo electrónico Bzn-Renovables@miteco.es, indicando en el asunto ‘Información pública incentivos Energías Renovables Innovadoras’, nombre y apellidos, denominación o razón social del participante, organización o asociación si corresponde y correo electrónico de contacto.