El plazo de presentación de solicitudes para una nueva edición de la línea de ayudas para impulsar las instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica en comunidades de energías renovables de la Comunidad Valenciana estará abierto del 8 de junio al 25 de julio. A través de Ivace Energía, la consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana ha abierto estas ayudas dirigidas a cualquier comunidad de energías renovables o comunidad energética, ayuntamientos, así como las comunidades de propietarios y de regantes.
La nueva convocatoria cuenta con un presupuesto de 5 millones de euros. Se subvencionará hasta un 45% el coste de los proyectos de las instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica a partir de energías renovables o energías residuales, en régimen de comunidades de energías renovables.
Subvención de las instalaciones de energía solar fotovoltaica
La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 200.000 euros. Ivace Energia subvencionará hasta el 45% del coste de las instalaciones de energía solar fotovoltaica, para la generación y autoconsumo colectivo. No obstante, la intensidad de la ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para medianas empresas, y en hasta 20 puntos porcentuales para las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas e instituciones sin ánimo de lucro.
Podrán acogerse a estas ayudas cualquier comunidad de energías renovables o comunidad energética, los ayuntamientos, cooperativas eléctricas, cooperativas agrarias y regantes, así como las comunidades de propietarios.
Se considera comunidad energética renovable la entidad jurídica que se base en una participación abierta y voluntaria, autónoma y efectivamente controlada por sus miembros, situados en las proximidades de los proyectos propiedad de la agrupación, que sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios, y que desarrolle proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible. La finalidad de la actividad de la agrupación debe ser proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o a las zonas locales en las que opera, en lugar de ganancias financieras.