El Ayuntamiento de Tarragona ha recibido un total de 396 solicitudes para la bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) por la instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar en viviendas, desde que se aprobó esta medida en verano del año pasado. De las 396 solicitudes, 65 han sido aceptadas y se beneficiarán de la bonificación durante los cinco períodos impositivos siguientes a la fecha del reconocimiento del beneficio fiscal.
Respecto al resto de solicitudes, 19 han sido denegadas por no cumplir con los requisitos, mientras que un total de 312 se encuentran en proceso de tramitación. Desde el consistorio destacan el aumento exponencial de solicitudes durante este año, ya que en 2021 el Ayuntamiento de Tarragona recibió 41 peticiones, mientras que en 2022 han sido 355.
Bonificación del IBI por la instalación de placas solares
Los requisitos para recibir esta bonificación son que sean inmuebles destinados al uso de vivienda, que no se trate de construcciones de obra nueva y que la instalación solar no sea obligatoria por normativa.
Además, será necesario que los colectores solares térmicos, en caso de instalaciones de producción de calor, dispongan de la correspondiente homologación por un organismo competente.
Las instalaciones tendrán que estar debidamente legalizadas por la Generalitat de Cataluña y se tendrán que haber comunicado y obtenido el informe favorable de los servicios técnicos del Ayuntamiento de Tarragona u obtenido la licencia de obras y pagado el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y la tasa urbanística.
Cuando se trate de instalaciones comunitarias, los solicitantes deberán justificar su participación económica en el coste de la instalación.
Presentación de solicitudes e importes máximos
La bonificación del IBI por la instalación de sistemas de energía solar deberá solicitarse en el plazo de seis meses posteriores a la fecha de legalización de la instalación o de la finalización de ésta.
En el caso de viviendas unifamiliares, el importe máximo de la bonificación anual será de 600 euros, y en el caso de las instalaciones en edificios plurifamiliares, el importe de la bonificación por los cinco períodos impositivos será como máximo del 50% del coste de la inversión realizada en el edificio. Este importe se aplicará a cada inmueble de acuerdo con la participación económica en el coste de la instalación que se acredite y con el tope de 600 euros al año por finca catastral que integre el inmueble.